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21.4.22

Sociedad Dominicana de Diarios valora sentencia protege publicaciones de medios digitales

 

La Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) valoró este miércoles la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece el derecho que tienen los diarios digitales de mantener en sus plataformas las informaciones relativas a “hechos noticiables” legítimos, veraces o procedentes de fuentes válidas.

La SDD reafirmó su apego al mandato de la sentencia 0171-20 e hizo acopio al derecho de la población de mantenerse informada. También resaltó el valor del dictamen de la Alta Corte. Recordó que el artículo 184 de la Constitución se establece que las decisiones del TC son irrevocables y vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado.

"“Valora (la sentencia) como un gran aporte al derecho a la información de los ciudadanos”."Sociedad Dominicana de Diarios

El TC falló recientemente a favor de la Editorial Acento S.A.S, que edita el periódico digital Acentoante el pedimento de una persona que reclamaba le fuera retirada del medio una información en la que se hacía constar que el Poder Ejecutivo justificaba su cancelación a que supuestamente “tenía relaciones con el narcotráfico”. El TC dictaminó que la información publicada por Acento no era errónea ni falsa, por lo que rechazó la solicitud del accionante.

Los señalamientos de la SDD surgen por la frecuencia con que personas vinculadas a sucesos o procesos judiciales requieren judicializar sus solicitudes de retirar las informaciones sobre los hechos en que son involucrados por las autoridades.

Para sus pretensiones, añadió la SDD, las personas que intentan judicializar a los medios alegan un mal interpretado derecho de hábeas data, cuyo alcance también es aclarado por el TC y que no tiene que ver con el derecho a informaciones de interés público.

La Sociedad Dominicana de Diarios defiende el respeto a la intimidad, el derecho a las personas de tener acceso a sus datos y a la corrección de dichos datos cuando sean erróneos.  Fuente: Diariolibre 

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