El
"perdón judicial" es una figura legal que se encuentra
establecida en el artículo 340 del Código Procesal Penal de la
República Dominicana y sirve para eximir al imputado de cumplir algún tipo de
pena o pagar una multa por el caso.
En
ese sentido, establece que “en caso de circunstancias extraordinarias de
atenuación el tribunal puede eximir de pena o reducirla
incluso por debajo del mínimo legal, siempre que la pena imponible no
supere los diez años de prisión”.
El
propio contenido del artículo posee nueve numerales que sirven para identificar
en cuáles casos se puede utilizar la medida.
¿Cuáles
son?
1)
- La participación mínima del imputado durante la comisión de la infracción.
2)
- La provocación del incidente por parte de la víctima o de otras personas.
3)
- La ocurrencia de la infracción en circunstancias poco usuales.
4)
- La participación del imputado en la comisión de la infracción bajo coacción,
sin llegar a constituir una excusa legal absolutoria.
5)
- El grado de insignificancia social del daño provocado.
6)
- El error del imputado en relación al objeto de la infracción o debido su
creencia de que su actuación era legal o permitida.
7)
- La actuación del imputado motivada en el deseo de proveer las necesidades
básicas de su familia o de sí mismo.
8)
- El sufrimiento de un grave daño físico o psíquico del imputado en ocasión de
la comisión de la infracción.
9)
- El grado de aceptación social del hecho cometido.
Sin
condena, pero culpable
La
disposición tomada por los jueces José Ramón Núñez; presidente del
tribunal, y Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz no borra la
culpabilidad del señalado, sin embargo, le permite no tener que pagar por el
hecho cometido.
Según
el juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, el
perdón judicial permite que el tribunal deje de ser un conjunto de normas
abstractas y pase a ser una realidad vivida.
“En
esta institución del derecho la regla, los principios y los valores forman una
trilogía jurídica importante, pues al momento de imponer el castigo, también
ponderan la humanización de la pena, aunque se retenga la responsabilidad
penal”, expresó Vargas en publicación dentro de su cuenta de X.
Franco
no juega en Las Mayores desde 2023 y actualmente se encuentra
bajo licencia administrativa.
Por
otro lado, la madre de la menor, Vanessa Chevalier, fue condenada a
diez años de prisión cometer abuso psicológico en contra de su hija. LISTINDIARIO