El Ministerio de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados del año 2026, dando cumplimiento a la Ley 139-97 que establece el traslado de los días festivos.
La legislación otorga traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes aplicados en todos los establecimientos del país.
Por
esto, los días feriados para el año 2026 se aplicarán de la manera siguiente:
El
jueves 1.º de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se
cambia.
El
martes 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y el feriado
se cambia para el lunes 05.
El
miércoles 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no
se cambia.
El
lunes 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo
Duarte, no se cambia.
En
tanto que el viernes 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional,
es inamovible.
También
es inamovible el viernes 3 de abril, Viernes Santo, festividad
religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
Asimismo,
el viernes primero de mayo, Día del Trabajo, se trabaja y el
feriado se cambia para el lunes 04 de mayo.
El
jueves 04 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus
Christi, no se cambia.
De
igual forma, el domingo 16 de agosto, día de la Restauración de la
República Dominicana, no se cambia.
El
jueves 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no
se cambia.
En
tanto que el viernes 06 de noviembre, Día de la Constitución, se
trabaja y el feriado se cambia para el lunes 09 de noviembre.
Viernes
25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se
cambia.
