
En la ley se establece que las empresas industriales,
agroindustriales, agropecuarias, metalmecánicas, zonas francas,
turísticas o eléctricas que se asienten en la franja fronteriza,
dispondrán de exoneración en un cien por ciento de los impuestos
internos durante un periodo de 20 años, además de una reducción de un 50
por ciento en los costos de transportes y servicios aduanales.
Tales incentivos deberían motivar a inversores nacionales y
extranjeros a levantar unidades productivas en cualquiera de esas siete
provincias, en el entendido de que disfrutarían de una ventaja
competitiva incomparable, a lo que se agrega que la mano de obra es
relativamente barata.
La Asociación de Industrias y otros gremios empresariales han
objetado la referida ley, porque a su juicio genera competencia
desleal, impide el ingreso al Estado de más de mil millones de pesos
anuales en impuesto y porque no ha tenido los efectos positivos de
empleo y calidad de vida previstos por el legislador.
También se afirma que no pocos empresarios usan ese estatuto sólo
como mascarada para evadir el pago de tributos mediante artificios
como la instalación de industrias en la zona fronteriza que en
realidad sólo operan como almacenes.
Es por eso que se aconseja a Gobierno y Congreso revisar la referida
legislación, aunque las razones de su aprobación y promulgación hace
12 años, de promover empleo y desarrollo social en las provincias
fronterizas, están vigentes y son válidas.
La franja limítrofe requerirá siempre de un tratamiento especial, en
términos de inversión, incentivo a la producción y a la
comercialización, aunque sin crear excesivos privilegios ni ninguna
forma de competencia desleal. Por muchas razones, un empleo en la
frontera vale oro.